La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado la primera resolución imponiendo sanciones por importe total de 5.000 euros contra los responsables de varias webs en las que no se contenía información precisa sobre la utilización de cookies.
Se trata del primer pronunciamiento de la Agencia en esta materia, resolviendo un procedimiento iniciado en septiembre de 2012 mediante una escrito presentada ante la Agencia en la el denunciante señalaba que en los sitios web de ambas entidades no se facilitaba información sobre los dispositivos de almacenamiento y recuperación de datos (cookies), ni se solicitaba el consentimiento para su utilización.
En concreto la Agencia constata que en el apartado “Política de Cookies” de los sitios web sólo se hace referencia a las cookies del servicio Google Analytics de Google Inc “sin citar otras cookies de terceros cuya descarga también se ha comprobado se realiza en los terminales de los usuarios, como son, por ejemplo, las de Automattic Inc, Quantcast, You Tube LLc, Zopim Technologies Pte Ltd, Seevolutión Inc.”
Por todo ello, la AEPD entiende que los sitios web no contienen la información necesaria para estimar la tipología de cookies realmente utilizadas, finalidad de las mismas e identidad de quienes instalan y utilizan las cookies, lo que invalidaría el consentimiento que pueda ser prestado por los usuarios al “Aceptar” la “Política de C Cookies” o seguir navegando por los sitios web, infringiendo lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico, como en el artículo 5 de la Ley Orgánica de Protección de los Datos de Carácter Personal.
Fuente: Artatxo Abogados.